Ocupación

¿Sabes Q debes hacer si han ocupado tu casa?

En las últimas semanas hemos visto crecer la preocupación acerca de las ocupaciones ilegales, incrementándose los casos en que determinados grupos de personas aprovechan nuestra ausencia para tomar posesión de la vivienda que habitamos o residencias vacacionales.

Ante este escenario, son múltiples las dudas que nos surgen,

¿Qué debo hacer?

¿Puedo entrar por la fuerza o debo esperar a la emisión de una resolución judicial?

¿Puedo cortar los suministros?

Desde Q-ABOGADOS te explicamos de manera sencilla los pasos a seguir para actuar conforme a la Ley en estas situaciones.

Es cierto que la primera reacción al ver que nuestra vivienda ha sido ocupada es actuar de una manera impulsiva y precipitada, por ejemplo, profiriendo amenazas a los inquilinos, cambiando las cerraduras del inmueble o cortando los suministros. Sin embargo, esto puede conducirnos a consecuencias penales no deseadas.

Por tanto, lo conveniente en estos casos es acudir a las vías legales, poniendo nuestro asunto en manos de un abogado especializado en desahucios.

Así, el mecanismo adecuado para el desalojo de aquellos ocupantes que residen de forma ilegal en nuestra vivienda viene recogida en la Ley 5/2018 de 11 de junio (Ley anti-ocupas), se instauró el socialmente llamado «desahucio express«.

¿Qué nos permite esta vía?

Esta acción es la herramienta más ágil que existe en nuestro ordenamiento jurídico para poder recuperar nuestra vivienda.

A través de su ejercicio, podemos defender el derecho que nos asiste como legítimos titulares que hemos sido privados ilegalmente y sin otorgar consentimiento de la posesión de nuestra vivienda.

¿Cuáles son los pasos a seguir en este proceso?

En el procedimiento que se sustanciará en estos casos habremos de seguir estos pasos:

  1. En primer lugar, tendremos que acreditar, mediante el título que justifica nuestro derecho, que somos el verdadero propietario o arrendatario del inmueble que está siendo ocupado.
  1. A continuación, se notificará a los ocupas el ejercicio de la acción, concediéndoles un plazo de cinco días para demostrar que su ocupación es legal.
  1. Por último, al no poder acreditar estos que la ocupación que ostentan es legal, será ordenado su lanzamiento inmediato, siendo desalojados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en caso de negativa a abandonar la vivienda.

Si han ocupado tu casa, no dudes en acudir a nosotros, desde Q-Abogados nos ponemos a tu disposición a través de:

📩 info@qabogados.es ~ 📞 96 674 26 75

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Q Abogados
Etiquetas : desahucio ocupación

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