En muchas ocasiones, la persona fallecida no otorga testamento y es en estos casos cuando será necesario tramitar una declaración de herederos abintestato que se hará ante Notario y una vez hecha se podrá realizar la herencia. Antes de continuar, se debe dejar claro que la herencia no se pierde ni se la queda el Estado mientras exista herederos legales.
Asimismo, como el fallecido no ha nombrado a los herederos, le corresponde a la ley nombrarlos, siguiendo un orden de parentesco;
La partición hace referencia al reparto de los bienes del fallecido en las diferentes cuotas que le correspondan a cada heredero. La partición tendrá lugar cuando el heredero acredite mediante testamento o declaración de heredero que tiene derecho a la herencia.
Se debe señalar que la herencia está compuesta tanto por los bienes del difunto como por las deudas del mismo.
Por otro lado, para realizar la partición voluntaria será necesario los siguientes documentos:
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