Derecho Tributario

Renta 2020 y ERTE

Aspectos importantes que debes saber si has estado en ERTE en 2020

Esta semana ha comenzado la campaña de la declaración de la RENTA 2020 que finaliza el próximo 30 de junio de 2021.

Y una de las cuestiones que más preocupación está provocando es cuál es la repercusión de las prestaciones recibidas en caso de ERTE en mi RENTA 2020.

Pues bien, en este artículo vamos a aclarar estas dudas.

Doble pagador

La primera de las cuestiones a tener en cuenta es que si has estado incurso en un ERTE es que pases de haber tenido solo un pagador (la empresa para la que trabajas) a tener 2 pagadores (la empresa y el SEPE).

Esto a priori no tiene consecuencias concretas respecto a la cantidad a abonar o recibir en la renta.

Si has estado en ERTE, atención que cambian los mínimos

Lo que sí conlleva es que si hasta la fecha no debías presentar RENTA porque no llegabas al mínimo (22.000 euros), con estos 2 pagadores ese límite se reduce a 14.000 euros.

Por haber tenido dos pagadores la cantidad límite para estar exento de declarar disminuye hasta los 14.000 euros.

Por encima de esta cifra, tienes la obligación de presentar RENTA aunque no llegues al mínimo exigido en caso de un único pagador.

El SEPE te ha retenido lo mínimo. Es posible que salga a pagar

La segunda cuestión a tener en cuenta, es que MUY PROBABLEMENTE, si has estado incurso en un ERTE, la RENTA 2020 te saldrá a pagar.

Y la razón de ello es que si bien la empresa para la que trabajas ha ido realizándote retenciones a efectos de la RENTA 2020, en la parte de tu sueldo que ha abonado el SEPE, éste no ha realizado las retenciones que te correspondían sobre el dinero abonado.

El SEPE te habrá aplicado un porcentaje de retención mínimo, entre el 0 y el 2%.

Consecuentemente, en la liquidación de la campaña de la renta debe ajustarse esa cantidad.

Esta retención mínima (incluso nula en algunos casos) deriva de las situaciones de desempleo.

En estas situaciones, los importes abonados en la prestación no suelen alcanzar el mínimo obligatorio exigido por las normas tributarias para la aplicación de retención.

Será ahora, en el momento de realizar la declaración de la Renta 2020, cuando estos porcentajes deban ajustarse y por ello es muy probable que la declaración resulte positiva por habernos practicado el SEPE retenciones inferiores a las que nos corresponden.

Todo esto podrás comprobarlo en los certificados de retenciones practicadas que tanto el SEPE como tu empresa deben hacerte llegar.

Y si bien es cierto que el SEPE establece que el trabajador puede solicitar que le sea retenido un porcentaje mayor de sus ingresos, no es frecuente realizar esta solicitud.

Deja la declaración de la Renta 2020 en buenas manos

Este año más que nunca es importante realizar una declaración de la Renta optimizada para obtener el máximo ahorro fiscal posible.

Déjalo en nuestras manos, somos especialistas, conocemos cada matiz y cada detalle de la normativa tributaria.

Analizaremos tu situación y aplicaremos cada deducción, bonificación, exención, prestación y mínimo aplicable que te pueda corresponder para que no pagues ni un céntimo más de lo necesario.

Estamos al otro lado.

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Q Abogados

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