La Tarjeta Revolving, sus aspectos legales y las complicaciones que conlleva un crédito revolving es un tema recurrente que nos suele llegar al despacho generalmente en la parte final del año. Es en ese momento cuando el cliente no (despues de meses pagando) no ha consiguido reducir la deuda contraida.
Sin embargo, el problema surge mucho antes, y generalmente en ésta época del año, después de las Navidades y tras la (temida) cuesta de Enero.
Tarjetas Revolving (o como prolongar la cuesta de Enero).
Hace tan solo unos días que hemos dejado atrás la Navidad, el día de Año Nuevo y el día de Reyes…Días de fiesta y regalos, época de reunión familiar y de amistades, comidas de empresa, y (no puede ser de otra manera) numerosos gastos que en ocasiones nos hacen quedarnos con la cuenta del banco rayando los temidos «números rojos».
Y para que no bajemos el nivel de gasto que habíamos conseguido alcanzar, presentan ante nosotros el primer (flamante) período de rebajas.
¿Y quién puede resistirse a un capricho cuando ve el objeto de sus sueños a un 30, 40, 50 o hasta 70% de descuento?.
Con todo esto ya tenemos el gran escenario preparado para el desarrollo del negocio de las entidades de crédito : ganas de seguir consumiendo, unos gastos navideños importantes y unos precios irresistibles en las Rebajas de Enero. El terreno está abonado para las tarjetas revolving o productos similares.
Qué es una tarjeta revolving
Efectivamente, todas estas situaciones pueden desembocar en la necesidad de solicitar créditos a entidades financieras, para lo cual éstas ofrecen un amplio abanico de productos, entre ellos, las (aparentemente) novedosas «Tarjetas Revolving«.
El Préstamo Revolving
¿Te imaginas tener una tarjeta de crédito y que gastes lo que gastes tener siempre la misma cantidad inicial disponible? Eso es lo que ofertan las tarjetas revolving.
Suena bien ¿verdad?. Pues ese es el problema, que suena a música celestial cuando estamos escasos de liquidez y parece ideal para cubrir nuestras necesidades inmediatas de consumo. Pero como bien te imaginarás, nadie da duros a cuatro pesetas y lo que en prinicpio pudiera parecer un «chollo» no lo es en absoluto, más bien al contrario.
Las tarjetas revolving no son son más que una modalidad de contrato de crédito al consumo, que se instrumenta a través de ellas y que tienen como fin realizar pagos para poder aplazar las compras que se realicen.
O dicho de otro modo, son tarjetas de crédito con opción de pago aplazado, es decir, todo lo que se adquiera mediante dicho medio de pago se abonará de forma aplazada con sus correspondientes intereses, intereses usualmente muy elevados llegando a alcanzar el 30% TAE anual, obligando al usuario a estar permanentemente endeudado sin necesidad.
Modo de Pago Revolving.
La devolución del préstamo generado por el uso de una tarjeta revolving puede realizarse de diferentes formas, aunque las dos más habituales son las siguientes :
- Pagar una cantidad fija al mes.
El cliente elige, dentro de unos límites mínimos y máximos que fija la entidad financiera, el importe que quiere pagar cada mes con independencia del gasto mensual de la tarjeta, de modo que el importe a pagar es periódico y de la misma cuantía, y si el gasto es mayor, se acumulará en el crédito dispuesto: la deuda que se pagará con los intereses correspondientes.
Con este sistema, si la cuota mensual fijada es de bajo importe, puede que no llegue a cubrir el pago de los intereses generados, de manera que, tras el pago de la cuota mensual, la deuda pendiente no solo no disminuye, sino que aumenta. - Pagar un porcentaje de la deuda pendiente.
El cliente paga cada mes un porcentaje del crédito consumido, con una cuantía mínima fijada por la entidad financiera.
Aunque pudiera parecer más favorable, esta segunda opción de pago tampoco resulta recomendable, dado que igualmente aboca a entrar en una espiral de deuda continua, en la que nunca se acaba de pagar :
Cuanto menor es el saldo pendiente, menor es también la cuota que hay que pagar, de modo que se prolonga innecesariamente el plazo de devolución y aumenta la cifra de intereses.
Tarjetas Revolving Consejos.
Nuestro consejo, en sintonía con la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios), es clara :
«Evita las tarjetas revolving».
Generalmente, hacer uso de las tarjetas revolving es una solución de pago aplazado muy poco interesante, ya que es realmente muy cara.
Sin embargo, si finalmente decides optar por este tipo de financiación contratando un crédito revolving asociado a una tarje, no olvides tener siempre presente el siguiente consejo :
Si tienes pagos aplazados con tarjeta, en cuanto dispongas de liquidez, cancela anticipadamente la deuda pendiente y si alguna tarjeta de pago aplazado te ofrece condiciones interesantes y quieres usarla, hazlo solo para pagar las compras que desees aplazar, pagando el resto de gastos con la tarjeta de crédito normal de pago a fin de mes sin intereses.
Tarjetas Revolving Soluciones
Si ya estás inmerso en una espiral de deuda sin fin debido a una de estas tarjetas revolving, como la que ofrecía Wizink con un 27,24% TAE anual de interés (¡casi el triple del TAE promedio de los últimos 10 años para productos al consumo!)…
En Q-Abogados, te ofrecemos un servicio de asistencia jurídica y dirección letrada en la defensa de tus intereses específico para Tarjetas Revolving y productos financieros considerados como abusivos o poco transparentes.
Reclamaremos la nulidad radical, absoluta y originaria, que no admite convalidación confirmatoria, porque es fatalmente insubsanable, ni es susceptible de prescripción extintiva, de tu contrato de crédito al consumo articulado mediante una tarjeta revolving por usuario, y subsidiariamente por falta de transparencia, y obtén la devolución por parte de la entidad financiera prestamista de todo lo que hayas pagado y exceda del capital prestado.
Esta nulidad, como ya se ha dictado en sentencias previas, «no admite convalidación confirmatoria, porque es fatalmente insubsanable, ni es susceptible de prescripción extintiva», y obtendrás la DEVOLUCIÓN ÍNTEGRA por parte de la entidad financiera prestamista de todo lo que hayas pagado y exceda del capital prestado.
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