Mi ex me ha contactado con orden de alejamiento: qué hacer

Captura de mensaje de agresor quebrantando orden de alejamiento whatsapp

Recibir un mensaje, una llamada o una solicitud de contacto en redes sociales de quien tiene una orden de alejamiento en tu contra es una situación que genera confusión y miedo a partes iguales. Muchas víctimas no saben con exactitud si deben responder, si deben guardar el mensaje o borrarlo, o si tienen obligación de denunciar. La respuesta a todas esas preguntas pasa por entender que ese contacto no es un error ni una casualidad: es un delito de quebrantamiento y debe tratarse como tal.

En Q Abogados acompañamos a víctimas de violencia de género desde la interposición de la denuncia hasta la ejecución de las medidas de protección. Nuestras abogadas especializadas en violencia de género en Orihuela conocen de primera mano la angustia que genera esta situación y saben cómo actuar para reforzar la protección de la víctima.

Por qué ese contacto es un delito

Una orden de alejamiento es una resolución judicial que prohíbe al agresor acercarse físicamente a la víctima y, cuando así se establezca, comunicarse con ella por cualquier medio. Cuando el agresor incumple esa prohibición, comete un delito de quebrantamiento de condena o de medida cautelar tipificado en el artículo 468.2 del Código Penal, que en el ámbito de la violencia de género prevé pena de prisón de seis meses a un año, sin posibilidad de sustituirla por multa.

Ese delito se comete con independencia del contenido del mensaje. Da igual que el texto sea amigable, que diga que necesita hablar de los hijos, o que afirme tener una urgencia. Lo relevante no es el contenido, sino el hecho mismo del contacto, que infringe una resolución judicial.

Cada mensaje, llamada o interacción en redes sociales puede constituir un delito autónomo e independiente. Si el agresor envía tres mensajes en un día, puede estar cometiendo tres delitos distintos.

Qué formas de contacto constituyen quebrantamiento

La prohibición de comunicación de una orden de alejamiento cubre cualquier vía de contacto, directa o indirecta. En la práctica, las situaciones más habituales son:

  • Mensajes de WhatsApp, incluyendo audios, fotos, vídeos o incluso llamadas a través de la aplicación.
  • Llamadas telefónicas, tanto las que la víctima coge como las que no, y también las llamadas perdidas.
  • Mensajes en redes sociales: Instagram, Facebook, Telegram, TikTok, X, o cualquier otra plataforma.
  • Correos electrónicos desde cualquier dirección, incluyendo cuentas nuevas creadas con ese propósito.
  • Contacto a través de terceros: enviar mensajes mediante familiares, amigos o conocidos comunes.
  • Notas escritas o cartas dejadas en el buzón o entregadas por otras personas.

Incluso reaccionar a una historia de Instagram o ver los estados de WhatsApp puede considerarse contacto indirecto si el agresor sabe que la víctima puede ver quién ha visto sus publicaciones. Los tribunales han ampliado progresivamente el concepto de contacto para proteger eficazmente a las víctimas en el entorno digital.

Pasos a seguir si tu ex te ha contactado

Actuar correctamente en los primeros momentos es determinante para que la denuncia del quebrantamiento sea útil y para reforzar tu protección. Estos son los pasos que debes seguir:

Paso 1: No respondas

Por muchísimo que cueste, no respondas al mensaje ni cojas la llamada. Responder no elimina el delito del agresor, pero puede complicar la situación procesal de la víctima, ya que podría interpretarse como que el contacto fue consentido o incluso buscado. El Tribunal Supremo ha dejado claro que el consentimiento de la víctima no excluye la responsabilidad penal del agresor, pero la respuesta puede generar argumentos defensivos innecesarios.

Paso 2: Conserva todas las pruebas

Antes de hacer nada, haz capturas de pantalla de los mensajes con la fecha y la hora visibles. No borres ningún mensaje, no archives conversaciones, y no elimines ningún registro de llamadas. Guarda también los correos electrónicos y cualquier otra evidencia del contacto.

Si el contacto se ha producido a través de un intermediario, anota el nombre de esa persona, la fecha y hora, y el contenido del mensaje que te transmitió. Esa persona puede ser llamada a declarar como testigo.

Paso 3: Valora si existe riesgo inmediato

Si el contenido del mensaje implica amenazas, si el agresor dice que sabe dónde estás o si ha habido un acercamiento físico además del contacto digital, llama al 112 de inmediato. La policía puede desplazarse hasta tu domicilio y, si la situación lo justifica, proceder a la detención del agresor.

Paso 4: Denuncia el quebrantamiento

Denuncia el quebrantamiento ante la Policía Nacional, la Guardia Civil o directamente en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer. Aporta las capturas de pantalla y cualquier otra evidencia disponible. La denuncia pone en marcha el procedimiento por el nuevo delito y obliga al juzgado a valorar si las medidas actuales son suficientes.

No es necesario esperar a acumular varios quebrantamientos para denunciar. Cada incumplimiento debe ser denunciado de forma individual y tan pronto como se produzca.

Paso 5: Solicita el refuerzo de las medidas

Tras la denuncia del quebrantamiento, tu abogada puede presentar un escrito solicitando al juzgado que refuerce las medidas de protección existentes. El juzgado puede acordar, entre otras: el aumento de la distancia de alejamiento, la incorporación de la pulsera telemática de control, la prisión provisional del agresor si existe riesgo grave, o la suspensión del régimen de visitas con los hijos si está siendo utilizado como canal de contacto.

Qué ocurre con el uso de los hijos como intermediarios

Uno de los escenarios más frecuentes y más dañinos es que el agresor utilice a los hijos comunes para transmitir mensajes a la víctima. Desde pedir que le digan algo a la madre hasta enviar notas escritas a través de los menores, estas conductas constituyen igualmente quebrantamiento de la prohibición de comunicación cuando esa prohibición existe en la resolución judicial.

Además, involucrar a los menores en estas situaciones puede tener consecuencias directas sobre el régimen de visitas: los tribunales pueden acordar la suspensión del régimen si se acredita que el agresor está utilizando a los hijos para saltarse las medidas de protección, por considerar que esa situación perjudica el interés superior del menor.

Cómo actuar si no tienes aún orden de alejamiento

Si el contacto se produce pero todavía no existe una orden de alejamiento dictada judicialmente, el agresor no comete el delito del artículo 468 del Código Penal. Sin embargo, esa conducta puede ser relevante como elemento de prueba en la solicitud de una orden de protección, y puede constituir por sí misma otros delitos como el acoso (art. 172 ter CP) o las amenazas.

La orden de protección se regula en el artículo 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y en el artículo 62 de la Ley Orgánica 1/2004. Puede solicitarse en comisaria, guardia civil, el propio juzgado, la fiscalía, las oficinas de atención a víctimas o los servicios sociales. Para su concesión, el juzgado debe apreciar indicios fundados de delito y una situación objetiva de riesgo para la víctima.

Si estás en esa situación, te recomendamos leer nuestro artículo sobre las medidas de protección para víctimas de violencia de género, donde explicamos cómo funciona este proceso y cómo solicitarlas.

El papel de la abogada en el quebrantamiento

Contar con asistencia jurídica especializada en el momento del quebrantamiento marca la diferencia. Una abogada con experiencia en violencia de género sabe cómo presentar las pruebas, qué solicitar al juzgado, cómo redactar el escrito de refuerzo de medidas y cómo gestionar los plazos procesales para que cada quebrantamiento tenga consecuencias efectivas.

Además, en muchos casos la propia denuncia del quebrantamiento abre la posibilidad de que el juzgado acuerde medidas más restrictivas que las inicialmente impuestas. Aprovechar esa ventana de oportunidad requiere actuar rápidamente y con el asesoramiento adecuado.

Puede ampliar información sobre las consecuencias jurídicas del quebrantamiento en nuestro artículo sobre el delito de quebrantamiento de condena, donde explicamos en detalle las penas aplicables y el procedimiento judicial.

Preguntas frecuentes

¿Es delito aunque el mensaje sea amable o diga que es una urgencia?

Sí. Lo que convierte el contacto en delito es el hecho de infringir la resolución judicial, no el contenido del mensaje. Una llamada «solo para hablar de los niños» o un mensaje que dice «solo quiero saber cómo estás» son igualmente constitutivos del delito de quebrantamiento si existe prohibición de comunicación.

¿Tengo que denunciar o puedo ignorarlo?

No existe obligación legal de denunciar, pero es altamente recomendable hacerlo. Ignorar el quebrantamiento sin denunciarlo puede transmitir al agresor la idea de que puede seguir contactándose sin consecuencias. Cada denuncia es un registro que el juzgado valora para determinar el nivel de riesgo y decidir si se refuerzan las medidas de protección.

¿Puedo bloquearle en WhatsApp aunque tenga la orden de alejamiento?

Sí, puedes bloquearlo, pero antes asegúrate de guardar las capturas de los mensajes recibidos como prueba. Bloquear al agresor no elimina el delito ya cometido y puede ser una medida práctica adicional para reducir el contacto, aunque no sustituye a la denuncia del quebrantamiento ya producido.

¿Qué pasa si contesté al mensaje sin saber que no debía?

Que hayas contestado no elimina el delito del agresor. El Tribunal Supremo es claro en que el consentimiento de la víctima no excluye la punibilidad. Lo importante ahora es no seguir respondiendo, guardar todas las pruebas y denunciar el quebrantamiento. Tu abogada puede explicar al juzgado el contexto en que se produjo la respuesta.

¿Una llamada perdida cuenta como quebrantamiento?

Sí. Realizar una llamada, aunque la víctima no la coja, constituye un intento de comunicación que infringe la prohibición judicial. Los registros de llamadas perdidas son válidos como prueba del quebrantamiento. Gu00e1rdalos con una captura de pantalla que muestre la hora y el número.

¿Puedo solicitar asistencia jurídica gratuita si no tengo recursos?

Sí. Las víctimas de violencia de género tienen derecho a asistencia jurídica gratuita con independencia de su situación económica, reconocido en el artículo 20 de la Ley Orgánica 1/2004. Este derecho cubre todos los procedimientos relacionados con la situación de violencia, incluida la denuncia del quebrantamiento.

Conclusión

Recibir un mensaje de quien tiene una orden de alejamiento no es algo que deba normalizarse ni ignorarse. Es un delito que refleja que las medidas actuales no están siendo suficiente dique de contención, y que el sistema judicial necesita saber lo que está ocurriendo para poder actuar.

Conserva las pruebas, no respondas y denuncia. En Q Abogados te ayudamos a gestionar cada paso: desde la denuncia del quebrantamiento hasta la solicitud de medidas de protección más sólidas. Si te encuentras en esta situación, no esperes: contacta con nuestras abogadas especialistas en violencia de género en Orihuela y te orientamos sin compromiso.

Inés Jacobo Gea

Abogada especialista en Derecho Penal y Violencia de Género

Ver perfil profesional

Tel: 96 674 26 75 | Móvil: 698 94 13 51 | info@qabogados.es

Scroll al inicio