Reclamación de comisiones bancarias indebidas: cómo recuperar tu dinero

comisiones bancarias abusivas

Los bancos cobran numerosas comisiones por servicios bancarios, pero no todas son legales. Muchas entidades financieras aplican comisiones abusivas, excesivas o por servicios no prestados, vulnerando los derechos de los consumidores. En este artículo de Q Abogados te explicamos cuándo puedes reclamar comisiones bancarias indebidas, qué dice la ley y cómo iniciar una reclamación exitosa.

¿Qué son las comisiones bancarias indebidas?

Las comisiones bancarias indebidas son aquellos cobros que realizan las entidades financieras sin cumplir los requisitos legales establecidos por la normativa bancaria y de consumo. Se consideran indebidas cuando:

  • No corresponden a servicios efectivamente prestados: el banco cobra por algo que no ha hecho
  • Son excesivas o desproporcionadas: el importe no guarda relación razonable con el coste del servicio
  • No están correctamente informadas: el cliente no fue advertido clara y previamente del cobro
  • Están prohibidas por ley o jurisprudencia: aunque figuren en contrato, son nulas por contravenir normas imperativas
  • Se cobran de forma duplicada: por el mismo concepto se cobra más de una vez

Según la Ley 16/2009 de Servicios de Pago y la Orden EHA/2899/2011, toda comisión bancaria debe cumplir tres requisitos esenciales: estar pactada expresamente con el cliente, corresponder a servicios efectivamente prestados o gastos habidos, y ser un importe razonable y acorde con los usos de mercado.

Comisiones bancarias más frecuentemente reclamadas

Comisión por mantenimiento de cuenta

Muchos bancos cobran una cuota mensual o trimestral simplemente por mantener abierta una cuenta corriente. Esta comisión es legal siempre que:

  • Esté expresamente pactada en el contrato
  • El cliente haya sido informado previamente
  • El importe sea razonable

Sin embargo, es abusiva si se cobra en cuentas que supuestamente son «sin comisiones» o cuando el importe es desproporcionado.

Comisión por descubierto o excedido

Cuando gastas más dinero del que tienes en cuenta (números rojos), el banco puede cobrarte:

  • Intereses por descubierto: son legales, pero deben estar dentro de límites razonables
  • Comisión de excedido: durante años los bancos cobraban comisiones del 3-5% por cada recibo devuelto. El Tribunal Supremo (sentencia de 3 de junio de 2021) declaró abusivas las cláusulas que establecían comisiones muy superiores a los gastos reales del banco
  • Comisión por reclamación de posiciones deudoras: cobro por enviar una carta informando del descubierto. Frecuentemente declarada nula por los tribunales

Comisión por devolución de recibo

Se cobra cuando un recibo es devuelto por falta de fondos. Es legal si:

  • Cubre los gastos reales que tuvo el banco
  • Está claramente pactada
  • No supera los importes razonables (normalmente entre 15-30 euros)
  • Es abusiva si el importe es excesivo o se cobra de forma automática sin justificación del coste real.

Comisión por transferencia

Los bancos pueden cobrar por realizar transferencias, pero con límites:

Transferencias SEPA en euros dentro de la UE: desde noviembre de 2016, el Reglamento (UE) 260/2012 establece que deben costar lo mismo que las nacionales, y en muchos casos son gratuitas

Transferencias nacionales inmediatas: pueden tener coste, pero debe estar informado

Transferencias internacionales fuera de la UE: admiten comisión, pero debe ser transparente

Comisión por amortización anticipada de hipoteca

Cuando cancelas tu hipoteca antes de tiempo o realizas una amortización parcial anticipada, el banco puede cobrar una comisión de compensación. Está regulada por la Ley 5/2019 de crédito inmobiliario:

Hipotecas a tipo variable: máximo 0,15% del capital amortizado si quedan más de 3 años, o 0% si quedan menos de 3 años

Hipotecas a tipo fijo: máximo 2% si quedan más de 10 años, o 1,5% si quedan menos

Cualquier comisión que supere estos límites es ilegal y puedes reclamar su devolución.

Comisión por emisión de tarjetas

Los bancos pueden cobrar por emitir una tarjeta de crédito o débito, siempre que esté acordado y sea transparente. Es abusiva si:

  • Se cobra por una tarjeta que debía ser gratuita según el contrato
  • El importe es desproporcionado (superior a 40-50 euros anuales)
  • No se informó al cliente antes de la contratación

Otras comisiones potencialmente abusivas

  • Comisión por gestión/administración: cobro genérico sin detallar servicios concretos
  • Comisión por inactividad: por no usar la cuenta durante cierto tiempo (frecuentemente declarada nula)
  • Comisión por duplicado de extractos: cobro excesivo por facilitar documentación que el banco está obligado a proporcionar
  • Comisión por cambio de divisa: aplicación de tipos de cambio abusivos con márgenes superiores al 3%
  • Comisión por disposición de efectivo en cajero propio: cobrar por sacar dinero en cajeros de la propia entidad es abusivo

Marco legal de las comisiones bancarias

Normativa aplicable

El régimen legal de las comisiones bancarias se encuentra en:

Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de Servicios de Pago: regula la transparencia y límites de las comisiones

Orden EHA/2899/2011: establece los requisitos que deben cumplir las comisiones

Real Decreto Legislativo 1/2007 (Ley General de Consumidores y Usuarios): protege frente a cláusulas abusivas

Ley 5/2019 de crédito inmobiliario: límites específicos para hipotecas

Circular 5/2012 del Banco de España: transparencia de los servicios bancarios

Requisitos legales de las comisiones

Para que una comisión sea legal debe cumplir:

Publicidad y transparencia: el cliente debe conocer previamente su existencia e importe

Aceptación expresa: debe estar pactada claramente en el contrato

Servicio efectivamente prestado: no puede cobrarse por servicios no realizados

Importe razonable: proporcional al coste real del servicio

No puede ser abusiva: no debe causar desequilibrio importante entre derechos y obligaciones

¿Cómo saber si te han cobrado comisiones indebidas?

Revisa tus extractos bancarios

El primer paso es examinar detenidamente los movimientos de tu cuenta de los últimos años (habitualmente se pueden reclamar los últimos 4-5 años). Busca:

  • Cobros recurrentes mensuales o trimestrales
  • Conceptos genéricos: «comisión administración», «comisión gestión»
  • Importes que se repiten con frecuencia
  • Cargos tras recibos devueltos o descubiertos
  • Anota cada comisión con fecha, concepto e importe.

Consulta tu contrato bancario

Revisa las condiciones que firmaste al abrir la cuenta o contratar el producto:

¿Se mencionan expresamente estas comisiones?

¿Estaban los importes claramente especificados?

¿Te entregaron el documento de tarifas actualizado?

Si las comisiones no figuran en contrato o no te fueron informadas, son claramente reclamables.

Solicita información al banco

Tienes derecho a pedir al banco un desglose detallado de todas las comisiones cobradas en los últimos años, especificando:

  • Concepto exacto de cada comisión
  • Justificación del servicio prestado
  • Base legal o contractual
  • Cálculo del importe

El banco está obligado a proporcionarte esta información en plazo de 30 días.

Pasos para reclamar comisiones bancarias indebidas

Paso 1: Recopila toda la documentación

Antes de reclamar, reúne:

Extractos bancarios donde aparezcan las comisiones (mínimo de los últimos 4 años)

Contrato de la cuenta o producto bancario

Documento de tarifas vigente en cada momento

Comunicaciones previas con el banco sobre este asunto (si las hay)

Cuadro resumen con todas las comisiones que consideras indebidas

Paso 2: Reclamación directa ante el banco

El primer paso es presentar una reclamación formal ante el Servicio de Atención al Cliente del banco. Debe incluir:

Tus datos personales completos

Número de cuenta afectada

Detalle de cada comisión reclamada (fechas e importes)

Fundamento legal de la reclamación

Petición concreta: devolución del importe más intereses

Documentación acreditativa adjunta

El banco tiene 1 mes para responder (ampliable a 2 meses en casos complejos).

Importante: guarda copia sellada o acuse de recibo de la reclamación.

Paso 3: Reclamación ante el Banco de España

Si el banco rechaza tu reclamación o no responde en plazo, puedes acudir al Servicio de Reclamaciones del Banco de España:

Plazo: dentro del año siguiente al rechazo del banco

Vía: online a través de la web del Banco de España o presencialmente

Documentación: toda la documentación anterior más la respuesta del banco (o justificante de que no respondió)

Coste: gratuito

El Banco de España analiza la reclamación y emite un informe no vinculante, pero con gran peso. Si te da la razón, el banco normalmente accede a devolver las comisiones aunque no está obligado legalmente.

El proceso dura entre 4 y 6 meses.

Paso 4: Reclamación judicial

Si el banco no devuelve las comisiones pese al informe favorable, o si el Banco de España desestima tu reclamación pero consideras que tienes razón, puedes acudir a la vía judicial.

Procedimiento aplicable:

Si la cuantía es inferior a 6.000 euros: juicio verbal en el Juzgado de Primera Instancia

Si la cuantía es superior a 6.000 euros: juicio ordinario

Requisitos:

Necesitas abogado (obligatorio si la cuantía supera 2.000 euros)

Debes aportar toda la documentación y pruebas

El proceso puede durar entre 6 meses y 1 año

Condena en costas:

Si ganas, el banco paga las costas. Si pierdes, puedes ser condenado a pagarlas tú.

Paso 5: Ejecución de la sentencia

Si obtienes sentencia favorable y el banco no paga voluntariamente, tu abogado iniciará el procedimiento de ejecución para embargar cuentas o bienes del banco hasta cobrar la deuda.

Plazos para reclamar comisiones bancarias

El plazo para reclamar comisiones indebidas es de 5 años desde que se cobró cada comisión, según el artículo 1964 del Código Civil.

Esto significa que:

Puedes reclamar todas las comisiones cobradas en los últimos 5 años

Cada comisión tiene su propio plazo individual

Transcurridos 5 años, prescribe el derecho a reclamar esa comisión concreta

Importante: el plazo se interrumpe cuando presentas la reclamación formal ante el banco, por lo que es fundamental actuar antes de que se cumplan los 5 años.

¿Cuánto puedo recuperar?

El importe a recuperar depende de:

Las comisiones indebidas cobradas: suma de todos los cobros de los últimos 5 años

Intereses legales: desde la fecha de cada cobro hasta la devolución (actualmente el 3,25% anual)

Costas judiciales: si llegas a juicio y ganas, el banco paga tus honorarios de abogado

Ejemplo práctico:

Si el banco te ha cobrado 40 euros mensuales de comisión de mantenimiento indebida durante 4 años:

Total comisiones: 40 × 12 × 4 = 1.920 euros

Intereses aproximados: 250 euros

Total a recuperar: 2.170 euros

En casos de hipotecas con comisiones de amortización anticipada abusivas, las cantidades pueden superar los 10.000-20.000 euros.

Errores que debes evitar al reclamar

No reclamar por desconocimiento

Muchas personas asumen que todas las comisiones del banco son legales. Revisa tus extractos: podrías estar pagando comisiones indebidas durante años sin saberlo.

Aceptar ofertas de quita

Si el banco te ofrece devolver «parte» de las comisiones a cambio de cerrar el asunto, consulta con un abogado antes de aceptar. Podrías tener derecho a recuperar la totalidad más intereses.

No guardar la documentación

Sin extractos bancarios y contratos es muy difícil probar la reclamación. Solicita al banco toda la documentación histórica cuanto antes.

Reclamar sin asesoramiento

Aunque puedes reclamar tú mismo ante el banco y el Banco de España, la asistencia de un abogado especializado aumenta significativamente las probabilidades de éxito, especialmente si llegas a la vía judicial.

Dejar pasar el tiempo

Los plazos de prescripción son estrictos. Cada mes que pasa pierdes el derecho a reclamar una comisión más.

Jurisprudencia relevante del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo ha establecido criterios claros sobre comisiones abusivas:

Sentencia 264/2022, de 3 de junio de 2021: declaró abusivas las comisiones de descubierto que superaban ampliamente los costes reales del banco

Sentencia 367/2022: sobre transparencia en comisiones hipotecarias

Sentencia 149/2023: límites a las comisiones por servicios no prestados efectivamente

Estas sentencias han abierto la puerta a miles de reclamaciones exitosas en toda España.

¿Qué pasa con las cláusulas suelo y otros productos abusivos?

Además de comisiones, puedes reclamar otros conceptos bancarios abusivos:

Cláusulas suelo en hipotecas: establecían un interés mínimo aunque el Euríbor bajara

Gastos de formalización de hipoteca: notaría, registro, gestoría, tasación

IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios): puede ser abusivo por falta de transparencia

Swaps y productos complejos: vendidos sin información adecuada

Tarjetas revolving: intereses usurarios superiores al 20-27%

En Q Abogados analizamos integralmente tu caso para identificar todos los conceptos reclamables.

Ventajas de contar con un abogado especializado

Reclamar comisiones bancarias con asesoramiento profesional tiene claras ventajas:

Mayor probabilidad de éxito: conocimiento de jurisprudencia y técnicas de reclamación

Ahorro de tiempo: gestionamos todo el procedimiento por ti

Reclamación completa: identificamos todas las comisiones indebidas, no solo las evidentes

Negociación efectiva: los bancos toman más en serio las reclamaciones de abogados

Protección en juicio: si es necesario llegar a tribunales, te representamos con garantías

Análisis de otros productos: revisamos si hay más conceptos abusivos reclamables

Recomendaciones finales

Revisa tus extractos periódicamente: al menos una vez al año para detectar comisiones indebidas

Guarda toda la documentación: contratos, extractos y comunicaciones con el banco

No te conformes con explicaciones vagas: si el banco cobra una comisión, tiene que justificarla

Actúa rápido: no dejes pasar el plazo de 5 años de prescripción

Consulta con un abogado especializado: especialmente si la reclamación supera los 2.000 euros

No firmes nada sin leer: revisa bien cualquier modificación de condiciones que te proponga el banco

Conclusión

Las comisiones bancarias indebidas son más frecuentes de lo que parece. Muchos bancos cobran importes excesivos, por servicios no prestados o sin la debida transparencia, vulnerando los derechos de los consumidores.

Si crees que tu banco te ha cobrado comisiones abusivas, tienes derecho a reclamar su devolución durante los últimos 5 años, más los intereses legales correspondientes.

El proceso comienza con una reclamación directa al banco, continúa si es necesario ante el Banco de España y, en última instancia, puede llegar a la vía judicial donde frecuentemente se obtienen sentencias favorables respaldadas por jurisprudencia del Tribunal Supremo.

No dejes que los bancos se aprovechen de tu desconocimiento. Cada euro indebidamente cobrado es un euro que puedes y debes recuperar.

¿Te han cobrado comisiones bancarias que consideras abusivas?

En Q Abogados somos especialistas en reclamaciones bancarias y defensa del consumidor. Analizamos tu caso de forma personalizada, revisamos tus extractos y contratos, y te acompañamos en todo el proceso: desde la reclamación extrajudicial hasta el juicio si es necesario.

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Preguntas frecuentes sobre reclamación de comisiones bancarias

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar comisiones bancarias indebidas?

El plazo de prescripción es de 5 años desde que se cobró cada comisión. Esto significa que puedes reclamar todas las comisiones cobradas en los últimos 5 años, pero no las anteriores. Es importante actuar rápido porque cada mes que pasa prescribe una comisión más.

¿Puedo reclamar comisiones aunque haya firmado el contrato del banco?

Sí, absolutamente. Aunque hayas firmado el contrato, las cláusulas abusivas son nulas de pleno derecho según la legislación de consumo. Si una comisión no cumple los requisitos legales (servicio efectivo, transparencia, proporcionalidad), puedes reclamarla aunque estuviera en el contrato.

¿Cuánto cuesta reclamar comisiones bancarias?

Depende de la vía que utilices. La reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente del banco y ante el Banco de España es gratuita. Si llegas a la vía judicial necesitarás abogado, con honorarios que varían según la complejidad del caso. Si ganas el juicio, normalmente el banco es condenado a pagar las costas.

¿Qué pasa si el banco rechaza mi reclamación?

Si el banco rechaza tu reclamación, tienes dos opciones: acudir al Servicio de Reclamaciones del Banco de España (que emite un informe técnico, aunque no vinculante) o directamente a la vía judicial. Muchas veces un informe favorable del Banco de España convence al banco para devolver las comisiones.

¿Me pueden cerrar la cuenta si reclamo comisiones?

No. El banco no puede cerrar tu cuenta como represalia por ejercer tu derecho a reclamar. Si lo hiciera, estaría incurriendo en una práctica abusiva adicional que también sería reclamable y podría acarrearle sanciones administrativas.

¿Puedo reclamar comisiones de un banco con el que ya no soy cliente?

Sí, puedes reclamar comisiones cobradas indebidamente aunque ya hayas cancelado la cuenta o cambiado de banco. El derecho a reclamar se mantiene durante los 5 años de prescripción, independientemente de si sigues siendo cliente o no.

¿Qué diferencia hay entre comisión indebida y comisión abusiva?

Una comisión indebida es aquella que no cumple los requisitos legales básicos (no está pactada, no corresponde a servicio prestado, etc.). Una comisión abusiva es aquella que, aunque esté en el contrato, genera un desequilibrio importante entre los derechos del banco y del cliente. Ambas son reclamables, pero por motivos jurídicos diferentes.

¿Recuperaré solo las comisiones o también intereses?

Si tu reclamación prospera, debes recuperar las comisiones indebidas más los intereses legales desde la fecha de cada cobro hasta la devolución. Actualmente el interés legal del dinero es del 3,25% anual. Además, si llegas a juicio y ganas, el banco paga las costas.

¿Merece la pena reclamar si las comisiones son de poco importe?

Depende del importe total acumulado. Si sumas todas las comisiones de los últimos 4-5 años, el importe puede ser significativo (a menudo entre 1.000 y 5.000 euros). Además, las vías extrajudiciales (banco y Banco de España) son gratuitas, por lo que sí merece la pena intentarlo antes de valorar la vía judicial.

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